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Verifactu se aplaza a octubre de 2028: nuevo calendario y qué debes hacer ahora

Verifactu se aplaza a octubre de 2028. El Ministerio de Hacienda comunicó el 5 de octubre de 2026 que prevé retrasar las obligaciones pendientes del reglamento de sistemas de facturación para hacerlas coincidir con la factura electrónica obligatoria. La fecha será la misma para sociedades y autónomos, pero el cambio todavía tiene que publicarse en el BOE: hasta entonces, los plazos legales siguen siendo 2027.

Si tienes una empresa, una tienda online o eres autónomo, esto es lo que cambia, lo que no cambia y lo que te conviene hacer con el tiempo que acabas de ganar.

Las claves del aplazamiento de Verifactu, en un minuto

  • Nueva fecha prevista: octubre de 2028, única para empresas y autónomos.
  • Fechas anteriores: 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto.
  • Estado: anunciado por Hacienda; pendiente de aprobarse en una norma y publicarse en el BOE.
  • Motivo: alinear Verifactu con la factura electrónica obligatoria y evitar dos adaptaciones seguidas.
  • Lo que no cambia: los requisitos técnicos del software y la obligación de los fabricantes, vigente desde julio de 2025.

Qué ha anunciado Hacienda exactamente

El anuncio llegó el mismo día en que el BOE publicó la orden que desarrolla la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales (Orden HAC/1028/2026, en vigor desde el 6 de octubre de 2026). En una nota informativa, Hacienda explicó que aplaza las obligaciones pendientes del Real Decreto 1007/2023, el reglamento que regula los sistemas informáticos de facturación y del que nace Verifactu.

La Agencia Tributaria lo recoge en su página oficial de Verifactu como una «previsión de ampliación del plazo de adaptación». El matiz importa: el nuevo calendario aún debe trasladarse a una norma. Mientras eso no ocurra, lo que dice la ley es lo que fijó el Real Decreto-ley 15/2025, es decir, enero y julio de 2027.

Hacienda ha adelantado además que prepara una segunda modificación para acercar Verifactu y la factura electrónica en ámbito de aplicación y aspectos técnicos, teniendo en cuenta los requisitos de reporte digital de la directiva europea ViDA. Las garantías actuales de integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros se mantendrán.

Nuevo calendario de Verifactu y de la factura electrónica

ObligaciónA quién afectaFecha
Software adaptado a VerifactuFabricantes y comercializadores de programas de facturaciónDesde el 29 de julio de 2025 (en vigor)
Verifactu, plazo legal vigenteContribuyentes del Impuesto sobre Sociedades1 de enero de 2027
Verifactu, plazo legal vigenteAutónomos y resto de obligados1 de julio de 2027
Verifactu, nuevo plazo previstoEmpresas y autónomosOctubre de 2028 (pendiente de BOE)
Factura electrónica obligatoriaEmpresas que facturan más de 8 millones de eurosOctubre de 2027
Factura electrónica obligatoriaResto de empresas, pymes y autónomosOctubre de 2028

No es el primer retraso. La obligación estaba prevista para el 1 de julio de 2025; el Real Decreto 254/2025 la llevó a 2026 y el Real Decreto-ley 15/2025, aprobado en diciembre de 2025, a 2027. Octubre de 2028 es el siguiente salto.

Por qué se retrasa otra vez

La razón que da Hacienda es práctica: con el calendario anterior, una pyme tenía que adaptar su facturación a Verifactu en 2027 y volver a adaptarla a la factura electrónica en 2028. Unificar las fechas permite hacer un solo cambio.

Era una petición repetida del sector. La asociación de autónomos ATA reclamaba sincronizar ambos calendarios, y los asesores fiscales de AEDAF defienden que la coordinación reduce costes y duplicidades. El Barómetro de Wolters Kluwer apuntaba en la misma dirección: el 48,2 % de los despachos profesionales cree que la mayoría de las empresas no está preparada.

Verifactu y factura electrónica no son lo mismo

Van a coincidir en fecha, pero son obligaciones distintas y conviene no confundirlas:

  • Verifactu regula el programa con el que facturas. Exige que cada factura genere un registro que no pueda alterarse ni borrarse, encadenado con el anterior y con un código QR. En la modalidad Verifactu, ese registro se envía a la Agencia Tributaria en el momento de emitir la factura.
  • La factura electrónica obligatoria regula el formato y el intercambio de las facturas entre empresas y profesionales (B2B). Nace de la Ley Crea y Crece y busca, entre otras cosas, controlar los plazos de pago.

Un PDF enviado por correo no es una factura electrónica en este sentido, y un registro Verifactu tampoco lo es. Tu sistema tendrá que cumplir las dos cosas.

A quién afecta, también en Canarias

Verifactu afecta a las sociedades, a los autónomos con actividad económica y a las entidades en atribución de rentas que emiten facturas con un programa informático. Quedan fuera quienes ya están en el Suministro Inmediato de Información (SII) y quienes facturan exclusivamente a mano.

Se aplica en todo el territorio español salvo País Vasco y Navarra, que tienen sistemas propios. Canarias está incluida: facturar con IGIC en lugar de IVA no te deja fuera.

Si vendes por internet, revisa también tu tienda. Las facturas que generan WooCommerce, PrestaShop o Shopify, o el plugin que uses para ello, forman parte de tu sistema de facturación y tendrán que cumplir igual que el programa de tu oficina.

Qué hacer ahora: cinco pasos

El aplazamiento da margen, no vía libre. Esto es lo que recomendamos a nuestros clientes:

  1. No canceles lo que ya tienes en marcha. Si ya trabajas con un programa adaptado, sigue con él. Puedes acogerte a Verifactu de forma voluntaria desde hoy.
  2. Comprueba tu software. Pide a tu proveedor la declaración responsable de que cumple el reglamento. Desde julio de 2025 no puede venderte un programa que no esté adaptado.
  3. Deja atrás Excel y Word para facturar. Es el cambio que más cuesta y el que más conviene hacer con calma.
  4. Elige una herramienta que cubra las dos obligaciones. Que sirva para Verifactu y para la factura electrónica, y que se conecte con tu tienda online y con tu asesoría.
  5. Sigue el BOE. Hasta que el aplazamiento se publique, las fechas de 2027 siguen vigentes. Habla con tu asesor antes de tomar decisiones.

Si aún no tienes programa, en este artículo repasamos las ventajas de facturar con Holded, compatible con Verifactu.

Sanciones: qué pasa si no cumples

La Ley General Tributaria prevé una multa fija de 50.000 euros por ejercicio para quien utilice sistemas de facturación que no cumplan los requisitos o que hayan sido manipulados. Para el usuario será exigible cuando la obligación entre en vigor. Para los fabricantes de software, que ya están obligados, las sanciones son superiores.

Preguntas frecuentes sobre Verifactu y su aplazamiento

¿Cuándo será obligatorio Verifactu?

Según la previsión comunicada por el Ministerio de Hacienda el 5 de octubre de 2026, las obligaciones pendientes de Verifactu pasarán a octubre de 2028. Hasta que el cambio se publique en el BOE, las fechas legalmente vigentes siguen siendo el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos y resto de obligados.

¿El aplazamiento de Verifactu a 2028 ya es oficial?

Está anunciado oficialmente por Hacienda, pero todavía tiene que trasladarse a una norma que modifique el Real Decreto 1007/2023. Hasta su publicación en el BOE conviene tratarlo como una previsión firme, no como un plazo ya aprobado.

¿Verifactu y la factura electrónica son lo mismo?

No. Verifactu regula cómo debe funcionar el programa con el que emites facturas y cómo protege sus registros. La factura electrónica obligatoria regula el formato y el intercambio de facturas entre empresas y profesionales. Son dos obligaciones distintas que Hacienda quiere hacer coincidir en el tiempo.

¿Verifactu se aplica en Canarias?

Sí. El reglamento se aplica en todo el territorio español salvo País Vasco y Navarra, que tienen sus propios sistemas. Las empresas y autónomos canarios que facturan con IGIC están incluidos.

Si ya uso un programa adaptado a Verifactu, ¿tengo que cambiar algo?

No. Puedes seguir usándolo con normalidad. Los fabricantes de software están obligados a ofrecer productos adaptados desde el 29 de julio de 2025, así que cualquier programa de facturación actualizado ya cumple los requisitos técnicos.

¿Qué sanción hay por no cumplir con Verifactu?

La Ley General Tributaria prevé una multa fija de 50.000 euros por ejercicio para quien utilice sistemas de facturación que no cumplan los requisitos o que hayan sido alterados. Será exigible cuando la obligación entre en vigor.

Fuentes

Información actualizada a 8 de octubre de 2026. Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de tu asesoría fiscal.

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