INNOBONOS 2022
¿Qué son los INNOBONOS 2022?
Los Innobonos (Bonos de innovación para PYMES) son subvenciones en el marco del Programa de bonos de innovación a empresas y autónomos con establecimiento en Canarias.

¿Qué servicios son subvencionables?
1. Consultoría, asesoramiento y transferencia de conocimiento en I+D+I:
- Transferencia de conocimiento.
- Asesoramiento en gestión de la I+D+I.
- Asesoramiento para la preparación de propuestas de proyectos de I+D+I a convocatorias de carácter nacional o internacional.
2. Aplicaciones, sistemas y servicios para la gestión empresarial:
- Implantación de un sistema de gestión (ERP)
- Implantación de sistemas de gestión en la relación con los clientes (CRM).
3. Desarrollo de estrategia online de la empresa.
- Comercio electrónico y marketing digital.
- Desarrollo e implementación de aplicaciones móviles.
4. Incorporación de tecnologías innovadoras TIC a la empresa.
- Implantación de sistemas de fabricación aditiva (Impresión 3D).
- Implantación de sistemas de ciencia de datos (Big Data, BI, BA, IA).
- Implantación de sistemas de automatización de procesos e IOT (Internet of things).
- Análisis, desarrollo e implantación de soluciones orientadas a la ciberseguridad.
- Aplicaciones de realidad virtual, aumentada, mixta o extendida.
- Implantación de sistemas de registros distribuidos.
Requisitos para acceder a la subvención
Podrán acogerse a las subvenciones reguladas por las bases de esta convocatoria, las empresas válidamente constituidas, y los profesionales autónomos, que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la reseñada Ley General de Subvenciones.
Las empresas que se acojan a estas ayudas habrán de tener en cuenta que podrán optar a ellas siempre y cuando no excedan el importe máximo 200.000,00 euros contabilizado durante el periodo de tres ejercicios fiscales dado el carácter de mínimos de este régimen de ayudas.
No podrán obtener la condición de beneficiario:
- Las personas físicas o jurídicas que a su vez figuren como prestadores de servicios en el Programa de Bonos de Innovación.
- Las empresas o personas físicas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Plazo de presentación de las solicitudes.
- El primer procedimiento el plazo de presentación será desde el día 5 de abril de 2022 a las 9:00 horas y finaliza el 20 de abril a las 14:00 horas.
- El segundo procedimiento el plazo de presentación será del 21 al 29 de abril de 2022 a las 9:00 horas y finaliza el 15 de abril a las 14:00 horas.
El plazo máximo para las resoluciones será de seis meses a contar desde la presentación de la solicitud.
Importes de las subvenciones.
La intensidad de la ayuda será de un máximo del 70% del coste elegible del servicio, con un máximo de 20.000 euros.
Otros datos a tener en cuenta.
- La solicitud deberá ir acompañada de la oferta del proveedor del servicio seleccionado.
- De acuerdo con lo previsto en la base 10, el plazo de inicio de la actividad debe ser posterior a la presentación de la solicitud.
- El plazo de justificación será de 90 días naturales contados a partir de la fecha de aceptación de la subvención por parte del solicitante.
- El abono de la subvención se realizará previa justificación por el beneficiario o el proveedor, en su caso, mediante cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto.
EL PLAZO DE SOLICITUD SE ABRIRÁ EL 05 DE ABRIL DE 2022
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